El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la lupa puesta sobre los depósitos en efectivo que superan los 15 mil pesos mensuales. Así lo establece la Resolución Miscelánea Fiscal, que obliga a los bancos a reportar estas operaciones antes del día 10 del mes siguiente mediante la llamada Declaración Mensual de Depósitos en Efectivo.
Este monitoreo aplica a movimientos en moneda nacional, hechos a nombre de personas físicas, ya sea que se realicen en efectivo directo o con cheques de caja. Aunque las instituciones financieras se encargan de retener el famoso IDE (Impuesto Sobre Depósitos en Efectivo), el contribuyente sigue siendo responsable de aclarar sus movimientos si el SAT lo requiere.
Pero no te asustes: no todos los movimientos cuentan como “depósitos en efectivo”. Las transferencias electrónicas —como SPEI o TEF— no entran en esta categoría, incluso si superan los 15 mil pesos. Eso sí, el concepto que uses sí importa.
Palabras como “donativo” pueden levantar sospechas. Aunque entre familiares directos hay exenciones de hasta 100 mil pesos al año, un mal uso del concepto o falta de claridad puede detonar auditorías o sanciones innecesarias.
¿El consejo? Sé claro. Usa descripciones como:
-
“Pago de renta”
-
“Ahorro mensual”
-
“Servicio de plomería”
Esto ayuda a que la operación sea comprensible para la autoridad y a evitar malos entendidos.
En resumen: el SAT no está cazando cada peso que entra a tu cuenta, pero sí vigila de cerca el efectivo y los movimientos sin explicación clara. La transparencia es tu mejor aliada.
Comentarios
0 comentarios
