El 7 de agosto, el Gobierno de los Estados Unidos notificó la solicitud de revisión respecto a una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la instalación de Grupo Yazaki, ubicada en León, Guanajuato, lo anterior, al amparo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR) del Anexo 31-A del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC).
A través de la Secretaría de Economía se notificó al Gobierno de Estados Unidos que el Gobierno de México no llevará a cabo la revisión antes mencionada dado que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) determinaron que no existen pruebas sustanciales de una injerencia patronal o denegación de derechos a la libertad sindical y negociación colectiva por parte de la empresa.
Esto, derivado de una verificación, una resolución de inconformidad y un informe sobre la consulta que realizó este año la autoridad laboral para la legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en dicha instalación en León, Guanajuato. Lo anterior fue comunicado al Gobierno de Estados Unidos previamente al envío de su solicitud de revisión.
El Gobierno de México reitera su compromiso en aplicar en forma efectiva la legislación laboral, así como las disposiciones en la materia establecidas en el T-MEC, garantizando con ello el cumplimiento y protección de los derechos colectivos de las personas trabajadoras del país.
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