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26 Jul 2024

Nacional

De dos a seis años de prisión a quien realice las llamadas terapias de conversión sexual

Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Senado de la República aprobó dictamen que impone de dos a seis años de prisión a quien realice las llamadas terapias de conversión sexual, además de imponer una multa de mil a dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

El dictamen señala que se sancionará a quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.

Además, las sanciones se aplicarán al doble cuando estas prácticas se realicen contra menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

En el caso de ser padres o tutores los responsables de las acciones, el juez podrá aplicar amonestaciones o apercibimientos según lo considere.

 

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