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4 Jun 2026

Nacional

CNDH emite recomendación contra Cuitláhuac García por tortura

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 51VG/2022 al gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez y a la fiscal general de la entidad, Verónica Hernández Giadáns, por las violaciones graves a derechos humanos cometidas contra una mujer, quien fue torturada y abusada sexualmente, luego de ser detenida en la Ciudad de México y trasladada a esa entidad por parte de policías ministeriales.

El 17 de noviembre de 2020, una madre de familia presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Veracruz en la que manifestó que su hija había sido detenida por policías en la alcaldía Álvaro Obregón de la Ciudad de México y posteriormente trasladada a Veracruz, en cuyo trayecto fue golpeada y amenazada. Por la gravedad del caso, este Organismo Nacional ejerció su facultad de atracción e inició la investigación correspondiente.

De acuerdo con documentos que obran en el expediente de queja, la víctima manifestó que el 6 de noviembre de ese mismo año, mientras acudía a comprar pan en compañía de sus hijos, fue interceptada por dos vehículos de color blanco de los que descendieron aproximadamente 11 personas, quienes la esposaron y la subieron a uno de los automóviles para llevarla a un inmueble en la alcaldía Azcapotzalco.

Posteriormente, mientras era trasladada a Xalapa fue golpeada por policías ministeriales y uno de ellos la agredió sexualmente.

Al llegar a las oficinas de la Fiscalía General de Veracruz fue revisada por un médico quien omitió asentar las lesiones que presentaba; continuó siendo golpeada, le pusieron una bolsa negra en la cabeza y el director de dicha oficina la amenazó con hacerle daño a su familia que radica en la capital del país, hasta que finalmente ingresó al Centro de Reinserción Social en Pacho Viejo.

La investigación de la CNDH acreditó que la víctima fue objeto de diversos actos de tortura, que vulneraron su derecho a la integridad personal, a través de agresiones físicas, psicológicas y sexuales, que laceraron su dignidad, honra e intimidad, con lo cual, indebidamente, las autoridades involucradas lograron que aceptara la presunta comisión de un delito.

Las secuelas generadas quedaron constatadas a través del Informe de Evaluación Psicológica, conforme a lo establecido en el Manual para la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes “Protocolo de Estambul”, en el que se dictaminó que la víctima aún presenta en su comportamiento manifestaciones como insomnio, ansiedad, hipervigilancia, respuesta exagerada de sobresalto, rechazo a la interacción con hombres y alteración de su respuesta sexual.

Se determinó que aun cuando los agentes estatales tenían la obligación de garantizar la integridad de la persona detenida hasta que fuera puesta a disposición de la autoridad competente, generando condiciones de seguridad y libres de cualquier acto o contexto de violencia, debido a su género; por el contrario, hicieron uso de técnicas ilegales para obtener su confesión, utilizando su cuerpo y su sexualidad como un elemento más para infligir en ella actos que la afectaron gravemente.

Asimismo, tanto el médico adscrito a la Dirección General de la Policía Ministerial como las autoridades del penal de Pacho Viejo también vulneraron sus derechos fundamentales, toda vez que tuvieron conocimiento de los posibles actos de tortura y violencia sexual cometidos y, a pesar de ello, omitieron denunciarlos a la autoridad competente, lo que indudablemente ha impactado en el acceso a la justicia.

El conjunto de evidencias permitieron a este Organismo Autónomo acreditar violaciones graves a los derechos humanos a la integridad y seguridad personal por actos de tortura y violencia sexual; al trato digno, a la no discriminación y a una vida libre de violencia cometidos por policías ministeriales de la Fiscalía General de Justicia del estado; así como al derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia y a la seguridad jurídica por parte de personas servidoras públicas de esa dependencia y de la Secretaría de Seguridad Pública local.

Por ello, la CNDH solicita al gobernador de Veracruz inscribir a la persona afectada en el Registro Estatal de Víctimas; evaluar si existen otras víctimas indirectas del caso, a fin de que puedan acceder a una reparación integral del daño y colaborar en la presentación de las quejas y denuncias que esta Comisión Nacional formule ante las instancias correspondientes para que se investigue la responsabilidad de las personas servidoras públicas que hayan participado en los hechos.

Gestionar, en coordinación con la CEDH y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, la impartición de cursos de capacitación y sensibilización al personal médico, de enfermería y en psicología adscritos al Centro Penitenciario Estatal de Pacho Viejo, en materia de derechos humanos, prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes e instruir a los titulares de los centros penitenciarios de Veracruz, donde se encuentren mujeres privadas de la libertad, para que sea personal femenino el que las valore.

A la fiscal general de la entidad se le solicitó reparar integralmente el daño causado a la víctima, incluyendo para ello una compensación justa y suficiente; colaborar en las denuncias y quejas que se presenten para deslindar responsabilidades; actualizar el Protocolo de diligencias básicas a seguir por el ministerio público en la investigación de los delitos contra la libertad, la seguridad sexual, contra la familia, de violencia de género y feminicidio; así como de otros protocolos para la investigación de delitos contra la integridad personal. Por último, deberá coordinarse con la Comisión Estatal y el Instituto Veracruzano de las Mujeres para elaborar un programa de capacitación y sensibilización dirigido a los funcionarios de la Dirección General de la Policía Ministerial involucrado en la detención, traslado, presentación, certificación de personas y en el resguardo de bienes.

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