El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción (CPC SNA) precisó que el exhorto público para que la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila, solicitara una licencia temporal no fue emitido como una postura oficial del organismo, sino que correspondió a una expresión firmada a título personal por algunos integrantes del sistema y representantes ciudadanos.
A través de un posicionamiento, el comité explicó que, como órgano colegiado, no tiene atribuciones legales para solicitar la separación del cargo de una persona titular del Poder Ejecutivo estatal, ya que sus funciones están enfocadas en promover la participación ciudadana, la integridad pública, la rendición de cuentas y la prevención de la corrupción, conforme al marco legal vigente.
El CPC SNA subrayó la importancia de diferenciar entre las opiniones individuales de quienes forman parte del sistema anticorrupción y las determinaciones formales del comité como institución. No obstante, reconoció que las personas firmantes del documento ejercieron su derecho a la libertad de expresión en asuntos de interés público, siempre que se respeten principios como la presunción de inocencia y el debido proceso.
El pronunciamiento se produjo luego de la difusión de un documento ciudadano que solicitaba la licencia temporal de la mandataria estatal, con base en información pública sobre una investigación federal relacionada con su entorno familiar. Frente a este contexto, el comité reiteró que cualquier resolución sobre posibles responsabilidades corresponde exclusivamente a las autoridades competentes.
Finalmente, el CPC SNA enfatizó que su papel institucional es el de observación, acompañamiento y promoción de la participación ciudadana, sin intervenir en decisiones que competen a los órganos de procuración y administración de justicia.
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