Durante 88 días desde hoy, todas las instituciones y dependencias, de gobierno y privadas, tienen un periodo adaptativo para reconocer la CURP biométrica como documento de identidad oficial en México, este documento tendrá una principal función con motivos de seguridad, ¿dónde se podrá tramitar?
De acuerdo con el cuarto transitorio de la reforma a la Ley de Registro de Población, a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, DOF del decreto, las instituciones tendrán un periodo de 90 días para integrar todos los mecanismos necesarios a fin de reconocer la CURP biométrica como documento oficial.
¿Cuál será la principal función de la CURP biométrica?
Su principal función es la de ser monitoreada de forma constante y en tiempo real cuando una persona se encuentre no localizada o desaparecida, según lo establecido en la reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares.
Uno de los usos de la CURP biométrica será la creación de una ficha de búsqueda con información que la RENAPO debe pasar de forma inmediata. En otras palabras, la CURP servirá para transmitir información de la persona desaparecida ágil y rápidamente para mejorar la seguridad, de acuerdo con Claudia Sheinbaum:
- Nombre completo, edad, sexo y género
- Fotografía reciente
- Fecha y lugar de desaparición
- Señas particulares
- Si presenta condiciones vulnerables
- Folio único de identificación proporcionado por el Registro Nacional de Personas Desaparecidas o No Localizadas
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