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2 Sep 2026

Política

El INE ya le notificó al PRD su ingreso al periodo de prevención, la ante sala de la pérdida de su registro

El Partido de la Revolución Democrática (PRD)ya fue notificado por el Instituto Nacional Electoral (INE) su ingreso a un periodo de prevención, la antesala a la pérdida del registro como partido político nacional.

El anuncio se hizo debido a que el PRD, con base en los resultados arrojados por los cómputos distritales, no alcanzó el 3 % de la votación válida emitida en alguna de las tres elecciones federales del pasado 2 de junio.

Conforme al artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, una fuerza partidista entra en un periodo de prevención cuando se ubica en alguno de los supuestos de pérdida de registro como partido político nacional.

Así, inicia el procedimiento considerado en los artículos del 382 Bis al 398 del Reglamento de Fiscalización, relativos al procedimiento de liquidación compuesto por las etapas de prevención y, en su caso, liquidación.

A partir de ahora, el PRD deberá sujetarse a lo establecido en los artículos 385, numerales 2 y 3, y 386 del Reglamento de Fiscalización, lo cual le implica cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:

– Sólo se podrán pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos.

– Deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.

– No podrá celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones. Las que celebre, adquiera o realice, serán nulas.

– Suspender pagos de obligaciones vencidas.

– Abstenerse de enajenar activos del partido político.

– Abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero.

– Deberá entregar de manera formal, a través de Acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento.

– No podrá realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer líquido su patrimonio.

La Comisión de Fiscalización deberá designar en los próximos días a la persona que fungirá como interventora en el procedimiento de liquidación.

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