Con el cierre de 2025 cada vez más cerca, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) volvió a encender las alertas: personas físicas y morales deben activar su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre. La advertencia es clara: no cumplir con este requisito puede traer multas a partir de enero de 2026.
El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Por esta vía se envían avisos, requerimientos, resoluciones e incluso notificaciones de auditorías. Tenerlo desactivado —o no revisar los mensajes— puede provocar que se pierdan plazos legales importantes sin que el contribuyente se entere a tiempo.
La obligación aplica, en términos generales, a todas las personas con RFC activo, tanto físicas como morales. El SAT aclaró que solo quedan exentos quienes no realizan actividad económica, no perciben ingresos o cuentan con una suspensión de actividades debidamente registrada. Fuera de esos casos, el trámite es obligatorio.
Además, la autoridad fiscal subrayó que activar el Buzón no es suficiente. Es indispensable mantener actualizados el correo electrónico y el número de teléfono, ya que estos datos permiten recibir alertas y confirmar la recepción de notificaciones oficiales.
¿Qué pasa si no se activa antes de que termine 2025?
El Código Fiscal de la Federación establece sanciones económicas para quienes omitan esta obligación. Las multas van de 3,850 a 11,540 pesos y comenzarán a aplicarse desde enero de 2026 a quienes no regularicen su situación.
Trámite digital y sin costo
El SAT recordó que la activación del Buzón Tributario es gratuita, sencilla y 100% en línea a través de su portal oficial. Solo se necesita RFC activo, contraseña o e.firma vigente, además de registrar un correo electrónico y un número de celular de uso frecuente. Tras validar los datos con códigos de confirmación, el sistema genera un acuse de activación, que funciona como comprobante oficial de cumplimiento fiscal.
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