Tras las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo de este año, el reparto de utilidades de 2023 de realizará de manera diferente a comparación con las ocasiones pasadas, pues ahora se contemplan diferentes condiciones y porcentajes para la realización de este pago por parte de las empresas privadas que cumplan con los requerimientos necesarios.
De acuerdo con las normativas federales, el reparto de utilidades se deberá realizar desde el primero de abril hasta el 30 de mayo por parte de las empresas a sus empleados. La corporación tiene la obligación de entregar documentos fiscales a los trabajadores para la verificación de los montos de utilidades.
El porcentaje que los trabajadores deberán recibir es el 7.7 por ciento de lo ganado por la empresa, lo cual representa más de el doble de lo previsto para años pasados, pues anteriormente se tenía contemplado el 2.8 por ciento.
Por otra parte, los requisitos que la Secretaría del Trabajo pide a las empresas para que sus empleados puedan acceder al derecho constitucional son haber trabajado durante 60 días, ya sean continuos o no, además de pertenecer a una corporación que no esté exenta de este requisito ante las autoridades.
¿Cuáles empresas no tienen la obligación de repartir utilidades?
La Ley Federal del Trabajo contempla diferentes tipos de empresas entre las exentas a realizar el pago de utilidades, pues la legislación les ha exentado de este requisito por distintas razones.
Las empresas nuevas, que estén laborando en su primer año de operaciones, no tienen la obligación de presentar el reparto de utilidades ante sus empleados, lo cual deberá ser diferente a partir del segundo año de funcionamiento según la fecha de alta ante la Secretaría de Hacienda.
De la misma forma, las empresas que elaboren un producto novedoso estarán exentas del reparto de utilidades en 2023 requisito durante sus dos primeros años de operación; por otro lado, las empresas que se dediquen a la extracción tampoco tienen esta obligación, al igual que las instituciones humanitarias, empresas públicas y corporaciones con ingresos anuales de menos de 300 mil pesos.
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