La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó una norma que en el estado de Guerrero permitía a los padres o tutores obligar a sus hijos a asistir a terapias de conversión.
Se explicó que en el Código Penal de Guerrero se les excluía de responsabilidad penal por someterlos a esa práctica.
Margarita Ríos Farjat, ministra de la SCJN indicó que “La gravedad y el impacto que generan las terapias de conversión forzadas en las personas menores de edad constituyen un claro límite a la responsabilidad paternal y maternal de los progenitores, ya que su facultad para tomar decisiones en relación con la crianza no justifica el sometimiento deliberado de sus hijos e hijas a intervenciones coercitivas o abusivas que puedan causarles un profundo y duradero sufrimiento físico y emocional. Terapias de conversión va mucho más allá de conversaciones y otro tipo de acompañamiento familiar”.
Comentarios
0 comentarios
