Por considerar que viola el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es inconstitucional la penalización del aborto voluntario.
Con 10 votos, la Corte avaló el proyecto del ministro Luis María Aguilar que invalida los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila, que castiga a mujeres que abortan.
“A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, dijo el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.
Añadió que se trata de una “nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y respeto y un gran paso en su lucha histórica por la igualdad y el ejercicio de sus derechos”.
La justicia mexicana abre así un camino expedito para la interrupción voluntaria del embarazo, una práctica muy desigual en todo el país, donde solo cuatro Estados de los 32 han legislado una ley de plazos. En el resto se manejan con normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como causas no punibles para abortar.
a Ciudad de México se adelantó en 2007 con una ley de plazo que establece 12 semanas para interrumpir la gestación sin dar explicaciones ni motivos. Le han seguido Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. En todo el país se practican cada año entre 750.000 y un millón de abortos clandestinos y un tercio de ellos resultan con complicaciones que requieren atención médica urgente.
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