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25 Mar 2026

La Corte Interamericana desmonta el encubrimiento: Estado mexicano culpable en el caso Ernestina Ascencio

Nacional

La Corte Interamericana desmonta el encubrimiento: Estado mexicano culpable en el caso Ernestina Ascencio

A casi dos décadas de silencio, negación y versiones oficiales desacreditadas, la justicia internacional dio un giro contundente al caso de Ernestina Ascencio Rosario. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coridh) determinó que el Estado mexicano es responsable por la violación sexual, tortura y muerte de la mujer indígena náhuatl, ocurridas en 2007 en la sierra de Zongolica, Veracruz, durante un operativo militar en el sexenio de Felipe Calderón.

En una sentencia definitiva e inapelable, notificada este martes, el tribunal concluyó que Ernestina Ascencio, de 73 años y hablante exclusiva de náhuatl, fue agredida sexualmente por integrantes del Ejército mexicano el 25 de febrero de ese año. Dos días después, murió a consecuencia de las lesiones y de la falta de atención médica adecuada y oportuna, responsabilidad que también fue atribuida al Estado.

La resolución desmonta de forma categórica la versión sostenida durante años por el gobierno federal y la Secretaría de la Defensa Nacional, que atribuyeron la muerte de la mujer a una supuesta “gastritis crónica”, argumento que incluso fue respaldado en su momento por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Para la Coridh, esa explicación formó parte de un patrón de encubrimiento y negligencia institucional.

El tribunal acreditó que la agresión sexual constituyó un acto de tortura, al tratarse de una acción intencional que provocó graves daños físicos y psicológicos, con fines de humillación y control. Además, señaló que las autoridades cerraron la investigación de manera prematura, sin agotar líneas clave y sin aplicar un enfoque de género, etnia, edad ni de interseccionalidad, pese a que se trataba de una mujer indígena, adulta mayor y en condición de especial vulnerabilidad.

La sentencia también establece que el Estado mexicano violó múltiples derechos protegidos por tratados internacionales, entre ellos el derecho a la vida, a la integridad personal, a la salud, a la no discriminación y al acceso a la justicia y a la verdad, afectando directamente a los hijos de Ernestina Ascencio.

El caso llegó al sistema interamericano luego de que organizaciones de mujeres indígenas y colectivos de derechos humanos lo llevaran ante la Corte en 2012, tras años de impunidad en México. Fue admitido un año después y, finalmente, resuelto con un fallo que obliga al Estado a reabrir el caso.

Como parte de las medidas de reparación, la Coridh ordenó una nueva investigación penal seria y exhaustiva para identificar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales. También instruyó la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, la atención médica y psicológica integral —con pertinencia cultural y lingüística— para los familiares, así como el otorgamiento de becas educativas a descendientes directos de la víctima.

Asimismo, el Estado deberá garantizar servicios de intérpretes en hospitales y fiscalías de Veracruz, indemnizar a la familia por daños materiales e inmateriales y reintegrar recursos al fondo de asistencia legal de la Corte.

México tendrá un plazo de un año para informar sobre el cumplimiento de la sentencia, cuyo seguimiento quedará bajo supervisión directa del tribunal internacional. Con este fallo, el caso de Ernestina Ascencio se convierte en un precedente clave sobre la responsabilidad del Estado frente a abusos militares y la deuda histórica con las mujeres indígenas.

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