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13 Mar 2026

Política

Fiscalía de Campeche solita el desafuero de ‘Alito’ Moreno

La Fiscalía General del Estado de Campeche solicitó a la Cámara de Diputados el desafuero del presidente del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, “Alito”, quien también es diputado federal.

“Acaban de presentar, hace unos momentos, una solicitud en términos de este escrito la declaratoria de procedencia en relación con Alejandro Moreno Cárdenas a efecto de proceder en su contra por aparecer como probable responsable de la comisión del delito de enriquecimiento ilícito”, dijo el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna.

En conferencia, el titular de la Fiscalía estatal, Renato Sales, explicó que esta solicitud no se desprende de los audios que ha dado a conocer la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, sino de una investigación que hecha por el Ministerio Público y de la orden de cateo a una casa del dirigente del PRI el 4 de julio.

“Los audios no forman parte de la carpeta de investigación; esta tiene que ver con una investigación del Ministerio Público vinculada con enriquecimiento ilícito. ¿En qué consiste? En la desapropiación entre los ingresos que devenga el servidor público en sus distintos cargos y las propiedades que se ostenta como dueño”, señaló el fiscal.

Sin dar tantos detalles, Sales mencionó que un dictamen pericial señala que la mansión cateada está valuada en más de 130 millones de pesos, a ello se agrega que en la propiedad encontraron cuadros y piezas artísticas con valor de más de 50 millones de pesos.

Además, mencionó que esta mansión fue construida cuando era gobernador de Campeche entre 2015 a 2019.

La declaración de procedencia es una acto que tiene por objeto remover la inmunidad procesal o fuero constitucional de los servidores públicos para ponerlos a disposición de una autoridad judicial para que sean juzgado por posible delitos cometidos; en el caso de Alejandro Moreno, los ilícitos habrían sido cometidos cuando fue gobernador de Campeche.

La declaración es emitida solo por la Cámara de Diputados si así lo aprueba el Pleno del recinto legislativo. Al avalarlo, se elimina el fuero constitucional para que posteriormente el diputado pueda ser juzgado.

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