La Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que declaró improcedente medidas cautelares contra Gabriel Quadri, por lo que se detalló que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) determinó que el diputado Gabriel Quadri sí incurrió en violencia política en razón de género e instruyó que se abstenga de emitir mensajes transfóbicos
El caso se remonta a una denuncia de la diputada Salma Luévano Luna contra Gabriel Quadri por mensajes en su contra por su identidad de mujer transgénero.
La diputada solicitó medidas cautelares contra Quadri, tales como un análisis de riesgo y plan de seguridad, además de que retirara la campaña violenta y se abstuviera de publicar discursos de odio en su contra y la población LGBTTTIQ+, particularmente contra las personas trans.
Sin embargo, el INE declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares al considerar que no se demostró la existencia de una urgente e imperiosa necesidad que las justificara.
La Comisión de Quejas y Denuncias señaló que las publicaciones denunciadas no aludían a una persona en específico o a un colectivo identificable, por lo que no se violentaban los derechos político-electorales de una persona o de un grupo de personas.
Luévano Luna impugnó la resolución del INE y el caso se analizó en la Sala Superior del Tribunal Electoral con la propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales de dictar medidas cautelares contra Gabriel Quadri.
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