El inicio de 2026 llegará con celebraciones para muchos mexicanos, pero también con jornada laboral para otros. El jueves 1 de enero, fecha en la que se conmemora el Año Nuevo, genera cada año dudas entre trabajadores y empleadores sobre el pago que corresponde cuando se presta servicio en este día.
Más allá de su significado simbólico, el 1 de enero está contemplado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un día de descanso obligatorio. Esto implica que, salvo por necesidades operativas o acuerdos específicos, los empleados no están obligados a presentarse en sus centros de trabajo. Sin embargo, cuando la actividad laboral es indispensable, la legislación establece una compensación especial.
El artículo 74 de la LFT incluye al Año Nuevo dentro de los días de descanso obligatorio, mientras que el artículo 75 señala que, si un trabajador labora en estas fechas, debe recibir un pago adicional independiente de su salario habitual. En términos prácticos, esta disposición busca equilibrar la carga laboral y reconocer el esfuerzo de quienes trabajan cuando la mayoría descansa.
¿El pago por trabajar el 1 de enero es doble o triple?
La legislación laboral es clara al respecto y no deja espacio a interpretaciones ambiguas, por lo que los trabajadores pueden exigir el cumplimiento íntegro de esta prestación.
Derechos laborales y vías de apoyo
De acuerdo con la LFT, laborar el 1 de enero debe pagarse como salario triple: el sueldo diario normal más dos salarios adicionales como compensación. En caso de que el empleador no respete esta obligación, los trabajadores pueden acudir a instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o los canales de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, donde se ofrece orientación y apoyo gratuitos para hacer valer sus derechos
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