Este martes 9 de diciembre de 2025, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general una reforma a la Ley General de Salud, entre cuyos principales elementos está la prohibición total de los vapeadores y cigarrillos electrónicos en México.
En medio de un debate que se extendió por varias horas y que estuvo marcado por señalamientos de criminalización, advertencias sobre mercado negro y acusaciones de improvisación legislativa, el dictamen fue aprobado con un total de 324 votos a favor y 129 en contra.
La reforma – que pasará a ser discutida en lo particular – establece la prohibición de producir, comercializar, importar, exportar y publicitar vapeadores o cigarrillos electrónicos. Además, contempla un fortalecimiento del sistema nacional de salud mediante compras consolidadas de medicamentos, impulso a la producción nacional de insumos y nuevas herramientas regulatorias para Cofepris.
El presidente de la Comisión de Salud, Pedro Zenteno (Morena), defendió que la iniciativa busca “proteger a niñas, niños y adolescentes” ante dispositivos diseñados con apariencias atractivas y difundidos bajo campañas engañosas. Sin embargo, miembros de la oposición coincidieron en que la prohibición absoluta es desproporcionada y mal estructurada.
¿Cuáles son las sanciones que contempla esta reforma?
El dictamen busca imponer de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 a dos mil veces (11 mil 314 pesos a 226 mil 280 pesos) el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien fabrique o venda cigarrillos electrónicos o vapeadores.
Asimismo, este prohíbe la publicidad o propaganda para que se consuman cigarrillos electrónicos o vapeadores, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.
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