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24 Apr 2025

Comité de Evaluación da a conocer lista preliminar de aspirantes para la renovación del Poder Judicial

Política

Comité de Evaluación da a conocer lista preliminar de aspirantes para la renovación del Poder Judicial

El Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal (CEPL) dio a conocer esta tarde el listado preliminar de aspirantes registrados, quienes buscan participar en el proceso electoral extraordinario de junio de 2025 para elegir a juezas, jueces, ministras, ministros, magistradas y magistrados. 

Con fundamento en las bases de la convocatoria, el próximo 15 de diciembre, esta instancia publicará el listado definitivo de aspirantes que cumplen con los requisitos constitucionales, legales y de elegibilidad que pasan a la siguiente etapa, en la cual se determinará la idoneidad de los aspirantes. 

El pasado 24 de noviembre concluyó el registro de aspirantes para participar en este proceso histórico, con un total de 11 mil 646 solicitudes, a través del sitio oficial del Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal y 258 expedientes recibidos en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo. Además, el CEPL recibió 15 mil 242 correos electrónicos.

Concluido el plazo de inscripción, el Comité inició la revisión de documentos e información establecidos en la Convocatoria mediante el análisis y cruce de los registros vía plataforma, correo electrónico y de forma física determinando un total de 10,959 registros efectivos. 

El Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal ––integrado por Ana Patricia Briseño Torres, Andrés Norberto García Repper Favila, Maribel Concepción Méndez De Lara, Maday Merino Damián y María Gabriela Sánchez García–– tiene la obligación constitucional de seleccionar los perfiles mejores calificados para ocupar los cargos. 

Lo anterior, con base en los principios de paridad de género, inclusión, accesibilidad, profesionalismo, ética, transparencia y garantizando la participación de los aspirantes, conforme a los requisitos, condiciones y términos establecidos en los artículos 95,96, 97, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los establecidos en los transitorios del Decreto y las disposiciones legales aplicables.

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