La Comisión Nacional consideró que, dada la situación de violencia que aqueja al país, la intervención de la SEDENA puede ser y es admisible, desde el punto de vista de los derechos humanos, siempre y cuando su intervención se encuentre limitada en el tiempo y sujeta a casos de excepcionalidad, que es lo que aprobó la mayoría del Senado, hace unos días.
Es decir, acorde con los preceptos constitucionales y los estándares internacionales, la participación de cuerpos castrenses es dable de realizarse, siempre que sea extraordinaria, subordinada y complementaria, regulada y fiscalizada, siendo estas categorías sustantivas y no únicamente nominales, las que corresponde tutelar y observar durante el tiempo de vigencia de las reformas legales, informó en un comunicado.
El organismo reconoció que hay muchos asuntos pendientes, como supervisar la estrategia del cuerpo policial, y en la medida de lo posible participar en su diseño, así como darle seguimiento a su desempeño.
“Es por ello que todo análisis y los juicios que se efectúen al respecto, deben hacerse desde una perspectiva integral de derechos humanos, considerando, entre otras cosas, además de los argumentos planteados en la Iniciativa, la realidad que confrontamos desde luego, y las tareas que realiza la Guardia Nacional en materia de protección de comunidades y poblaciones donde han sido rebasadas las policías locales, en la atención a las movilidades, así como en la protección a personas defensoras y periodistas, como parte de medidas cautelares solicitadas tanto por esta Comisión Nacional como por el Mecanismo de Protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas”, indicó.
La CNDH consideró que frente a los escenarios de violencia en donde las fuerzas de seguridad pública estatales y municipales no han podido contener la acción de la delincuencia organizada, es prioritario que la Guardia Nacional intervenga, pero también que estas labores se efectúen en estricto respeto a los Derechos Humanos.
Para este Organismo Nacional es fundamental que se reconozca, y se preserve, en el marco jurídico de la Guardia, el espíritu de su creación. No debe olvidarse que la figura de la Guardia Nacional surgió en el mundo, y fue adoptada en México, para salvaguardar las instituciones democráticas, restablecer el orden público y proteger los derechos fundamentales de la colectividad, empezando por el derecho a la paz y a la seguridad.
Esto significa que la Guardia Nacional debe considerarse como una herramienta del Estado democrático, que el pueblo de México se ha dado, y que se ha construido a través de procesos históricos fundamentales como la Independencia, la Reforma y la Revolución, los cuales buscaban instaurar un orden social más justo y libre, pero también civilista.
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