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8 Jul 2024

Política

Busca Monreal acuerdo en Senado para desparecer poderes en Tamaulipas

El presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ricardo Monreal, informó que en el estado de Tamaulipas es procedente la desaparición de poderes, luego que la Cámara de Diputados retiró el fuero al gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, que tiene una orden de aprehensión en su contra.

Sin embargo, el líder de Morena en la Cámara Alta comentó que antes de recurrir al andamiaje institucional buscará agotar la vía política para resolver la incertidumbre que ha generado el desafuero de Cabeza de Vaca.

“Estamos valorando en el Senado, estamos valorando lo que procede. Hemos comentado al interior del Grupo, lo he comentado con algunos coordinadores, no con todos, estoy en esa consulta. A mí me gustaría que hubiese un acuerdo político, antes de iniciar todo el proceso, antes de iniciar todo el mecanismo de la desaparición de poderes, porque lo de menos es: hoy mismo presentar la solicitud por el Grupo de senadores de Morena o de quienes quieran sumarse y se iniciaría todo el proceso y la Permanente tendría que convocar a Periodo Extraordinario, si se reúnen el número de votos.

“Pero eso ya detona un mecanismo institucional y yo quiero agotar, es la parte que me corresponde, quiero, quisiera que se agotara la parte política y lograr una buena, un buen arreglo institucional”, dijo.

Monreal, quien escribió un libro sobre fuero constitucional, explicó que Cabeza de Vaca perdió el fuero en el momento en que la Cámara de Diputados se lo notificó, por lo que la orden de aprehensión liberada en su contra no es inconstitucional ni contraviene un mandato de la Suprema Corte de Justicia, que desechó un recurso promovido por el Congreso de Tamaulipas para blindar al gobernador.

“Podría señalarse que la persona imputada, desde este momento ya, aún con la resolución de la Corte, del ministro instructor, ya no tenía fuero. No tenía fuero, porque la resolución de la Cámara de Diputados Federal es inatacable. Ninguna autoridad ni puede anularla ni puede suspenderla”, detalló.

“Por eso es que desde este momento que se resuelve en la Cámara de Diputados, el gobernador no tenía inmunidad, y desde ese momento pudo haber actuado el ministerio público”.

¿QUÉ SE REQUIERE PARA DESAPARECER PODERES EN UN ESTADO?

Para que proceda la desaparición de poderes en una entidad de la Federación hay una serie de procedimientos y requisitos que se tienen que cumplir en el Senado, señaló el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara Alta, Ricardo Monreal.

Indicó que la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Articulo 76 de la Constitución establece que corresponde exclusivamente al Senado determinar que se ha configurado la desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de un estado y hacer la declaratoria para nombrarse un gobernador provisional.

Comentó que el artículo 2 precisa los casos en los que se configura la desaparición de los poderes de una entidad federativa: cuando los titulares de los poderes constitucionales quebrantaren los principios del régimen federal, o abandonen el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor. En este segundo caso –aclaró- sí aplica estrictamente esta hipótesis jurídica.

Asimismo, cuando estuviesen imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos, o por motivo de situaciones o conflictos propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado e impidan la plena vigencia del orden jurídico.

También cuando prorrogaren su permanencia en sus cargos, después de terminar el período para el que fueron electos o nombrados, y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares; o por promover o adoptar forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en la Constitución.

Ricardo Monreal resaltó que la petición para que el Senado pueda desaparecer los poderes de un estado podrá ser formulada por senadores, diputados federales o por ciudadanos de la entidad, en este caso de Tamaulipas.

Recibida la petición, agregó, si el Senado la estima procedente, la turnará a una de tres comisiones: Puntos Constitucionales, Justicia o Gobernación. La resolución, en su caso, se producirá dentro de los cinco días siguientes al recibo de la solicitud.

El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena aclaró que, según la legislación, en los recesos del Congreso de la Unión, la Comisión Permanente convocará a sesiones extraordinarias, a fin de que el Senado se reúna dentro de los tres días siguientes para abordar la petición de desaparición de poderes.

Subrayó que el acuerdo para convocar a sesiones extraordinarias deberá ser aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes de la Comisión Permanente. Si el Senado determina que han desaparecido los poderes constitucionales procederá a formular la declaratoria de que se está en el caso de nombrar gobernador provisional.

En este caso solicitará del Presidente de la República la presentación de una terna para que, de entre las personas que la compongan, se haga el nombramiento respectivo. La presentación de la terna se hará dentro de los tres días siguientes a la solicitud del Senado.

Señaló que corresponde a la Comisión Permanente hacer la designación de gobernador provisional cuando habiendo declarado el Senado la desaparición de poderes, el Congreso de la Unión se encuentre en receso.

Respecto a las opiniones que acusan un abuso de poder, Monreal reviró que el mecanismo de desaparición de poderes es más común de lo que se cree y se ha recurrido a ello en 49 ocasiones, siendo la última vez en Hidalgo, en 1975.

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