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2 Oct 2024

Nacional

Avanza Ley de Movilidad en el Senado y ya sólo falta su publicación

Por unanimidad, el Pleno del Senado de la República aprobó la expedición de una nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial y fue turnando al Ejecutivo federal para su decreto, con la cual se reducirán los límites de velocidad y se aplicarán pruebas de alcoholemia a nivel nacional.

La minuta que envió la Cámara de Diputados con modificaciones y adiciones a siete artículos de los 82 del proyecto fue avalada con 102 votos a favor y demandó una atención pronta, y tiene como objeto establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

De acuerdo al proyecto de decreto, los reglamentos de tránsito y demás normatividades aplicables tendrán que regirse bajo las características mínimas y el establecimiento de los límites de velocidad no deberán rebasar 30 kilómetros por hora en calles secundarias y terciarias; 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 en carriles centrales de avecindas de acceso controlado y carreteras estatales fuera de zonas urbanas; y reduce a 50 dentro de zonas urbanas.

Para automóviles 110 kilómetros por hora, 95 kilómetros por hora para autobuses y 80 para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.

Además, obliga a las entidades federativas y a los municipios a realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente, con el propósito de evitar la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol.

Para tal efecto queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 mg/L en aire espirado o 0.05 g/dL en sangre. Aunque para motocicletas se limita a una alcoholemia superior a 0.1 mg/L en aire espirado o 0.02 g/dL en sangre.

Para vehículos destinadnos al transporte de pasajeros y de carga, queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol por espiración o litro de sangre.

La Ley define la concurrencia entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de movilidad y seguridad vial, así como los mecanismos para su debida coordinación.

Además, establece las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad.

La senadora integrante de la Bancada Naranja, Patricia Mercado, aseguró que con la aprobación de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial en ambas cámaras del Congreso de la Unión se tendrá un nuevo marco que ayudará a reducir la muerte de personas por siniestros viales en el país.

Al presentar esta tarde el dictamen ante el Pleno del Senado de la República, la también presidenta de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad refirió que los hechos viales son la primera causa de muerte entre personas de 1 a 24 años de edad y la segunda causa entre personas de 25 a 30 años.

“Esta ley lo que hace es un marco para, no evitar el error humano que ese siempre va a existir, sino para construir condiciones de tránsito, condiciones de regulación, condiciones de lineamientos, para que estos errores finalmente no terminen con la vida de las personas y sobre todo, aquí estamos hablando de la vida de muchos niños, adolescentes y jóvenes”, señaló la senadora.

“Nueve de cada 10 hechos viales con pérdidas de vida son debido a las velocidades y al alcohol, en esta ley regulamos eso, son medidas mínimas en todo el país para evitar este tipo de muertes. Es un nuevo marco que nos da una guía a todos y todas, y a todas nuestras entidades e instituciones para evitar que 44 personas salgan todos los días de su casa y no regresen porque murieron en un hecho vial que pudo ser evitado”, destacó.

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