Con la votación a favor de la mayoría, este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la facultad otorgada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para bloquear, sin orden judicial previa, cuentas bancarias a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), siempre que haya indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, lo que podría estar violando la Constitución y la presunción de inocencia.
Cabe mencionar que el congelamiento de cuentas es una medida cautelar, orientada exclusivamente a la protección del sistema financiero y no a la persecución penal.
Sólo los ministros Arístides Guerrero García,Giovanni Figueroa Mejía y Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra.
Se explicó que la institución crediticia deberá notificar al titular de la cuenta las razones del congelamiento de las cuentas y de su incorporación a la Lista de Personas Bloqueadas.
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