El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial lineamientos para garantizar los derechos humanos en el procedimiento administrativo de reconocimiento de la identidad de género de los adolescentes mediante el acta de nacimiento.
Según el documento publicado en la edición 671 BIS, el reconocimiento de la identidad de género autopercibida es un requisito necesario para el goce de diversos derechos humanos de las personas trans. Por ello, el acceso a un procedimiento administrativo para obtener un acta de nacimiento acorde con la identidad de género es parte del ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad.
El decreto ahora publicado indica que la Dirección General del Registro Civil de la CDMX recibirá, a partir de este sábado 28 de agosto, las solicitudes para el reconocimiento de identidad de género de las personas adolescentes con 12 años cumplidos, nacionalidad mexicana y una autopercepción diferente del género asentado en su acta primigenia. Con ello, los solicitantes deberán señalar que es su voluntad obtener una nueva acta de nacimiento que concuerde con el género con el cual se identifican y que tienen conocimiento de la trascendencia y alcances jurídico-administrativos de este procedimiento.
Los adolescentes que quieran iniciar el trámite también deberán presentar una autorización de su padre, madre o tutor para el acompañamiento en este camino.
En el caso de padres o madres no presentes durante el procedimiento, se deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que dicha persona está ausente o desaparecida o que no se han tenido noticias suyas.
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