Todos ubicamos la Pensión del Bienestar, como una ayuda económica otorgada por el Gobierno de México a los adultos mayores, pero, ¿qué pasa cuando un beneficiario muere? Te decimos los pasos que debes seguir y los riesgos cobrar la Pensión del Bienestar tras un fallecimiento.
Aunque la mayoría pensamos en los “abuelitos” a la hora de hablar de la Pensión del Bienestar, la realidad es que este programa también aplica para personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, como las madres trabajadoras.
El objetivo es brindarles acceso a un ingreso económico, pues muchas veces no cuentan con un ingreso estable, ya sea por enfermedad o su edad. De esta forma, también se promueve su bienestar, pues les permite comprar alimentos, medicinas y cubrir otras necesidades básicas.
Los apoyos van de los 3 mil pesos a los 6 mil 200 pesos bimestrales, según el tipo, y se entregan de en una tarjeta del Banco del Bienestar. Esto permite hacer retiros en el cajero automático y ventanillas bancarias, además de realizar compras en diferentes establecimientos.
Gracias a la tarjeta, los hijos o cuidadores puedan retirar dinero de los cajeros, sin necesidad de que la persona acuda. Sin embargo, también implica un riesgo, pues podría darse un mal uso, por ejemplo, seguir retirando dinero después del fallecimiento del beneficiario.
¿Puedes seguir cobrando la pensión del Bienestar de alguien fallecido?
Se considera fraude, porque estás obteniendo un beneficio económico de forma indebida, engañando al Estado. Esto se asocia con que continúas usando la tarjeta bancaria de alguien fallecido, si no es que también documentos que acreditan su supervivencia.
En consecuencia, podrías enfrentarte a una multa económica e incluso pena de cárcel, dependiendo el monto que hayas obtenido y la intención con lo que le hiciste.
Asimismo, además de suspender el pago a esa cuenta, es muy probable que te pidan regresar el dinero que cobraste de forma indebida. Finalmente, en algunos casos, podrían evitar que recibas apoyos sociales en un futuro.
De acuerdo a la ley, los familiares están obligados a notificar el fallecimiento del beneficiario a la Pensión del Bienestar. Por lo tanto, no hacerlo te meterá en problemas, pues constantemente se está actualizando el padrón de beneficiarios.
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